En casi todos los estados, tienes derecho al "disfrute pacífico" de tu vivienda — lo que significa que tu propietario no puede entrar cuando quiera. La mayoría de los estados exigen 24 a 48 horas de aviso por escrito antes de entrar sin emergencia, y la entrada debe ser a una hora razonable del día.
Texas, Arizona, Nevada, Nuevo México y la mayoría de los estados exigen aviso previo por escrito (texto o correo suele contar) antes de que un propietario pueda entrar para inspecciones, reparaciones o mostrar la unidad.
Un propietario puede entrar sin aviso si hay una emergencia activa — incendio, inundación, fuga de gas o creencia razonable de que alguien adentro está herido. "Quería revisar el lugar" no es una emergencia.
Aún con aviso, tu propietario generalmente no puede aparecer a las 6 a.m. o a las 11 p.m. "Horas razonables" normalmente significa horario laboral normal a menos que hayas acordado otra cosa.
Si el propietario no dio el aviso adecuado, puedes negar la entrada. Pueden reagendar con aviso, pero no pueden castigarte por negarte ni cambiar las cerraduras porque dijiste que no.
Un propietario que entra repetidamente sin aviso puede ser demandado por incumplir el disfrute pacífico, por acoso o incluso por allanamiento. En algunos estados, las violaciones repetidas te permiten romper el contrato sin penalidad.
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